Si has vendido tu vivienda o local utiliza esta carta para notificar la venta al Secretario de la comunidad. De esta manera te desligarás de las deudas que pueda contraer el nuevo propietario con la comunidad.
Más información sobre la Carta cambio de titularidad
¿Cuándo usar?
Utiliza este requerimiento:
- si has vendido un piso, local, trastero o plaza de garaje que forma parte de una comunidad de propietarios
¿Qué cubre?
Este requerimiento incluye:
-
la identificación del inmueble transmitido
-
la fecha de la venta
- a quien se ha vendido
¿Qué es una carta de cambio de titularidad?
Es un escrito que como vendedor del piso, local, plaza de garaje o trastero debes enviar al Secretario de la comunidad comunicando que ya no eres propietario.
¿Por qué necesitas una carta de cambio de titularidad?
Cuando vendas un inmueble de tu propiedad, como antiguo propietario del piso o local, seguirás respondiendo del pago de las deudas que el nuevo propietario contraiga con la comunidad de propietarios. Esto significa que la Comunidad podrá dirigirse tanto al nuevo propietario como contra tí, como mejor le parezca.
¿A quién debes remitir esta carta de cambio de titularidad?
Debes comunicar el cambio de titularidad a quien ejerza las funciones de Secretario de la comunidad. Si por cualquier motivo no puedes hacer la notificación al secretario puedes enviarla al Presidente o al Administrador. Lo más importante es dejar constancia a los órganos de gobierno de la Comunidad, de que el inmueble ha cambiado de dueño.
¿Qué sucede si no notificas el cambio de titularidad?
Debes tener en cuenta que si incumples esta obligación que impone la Ley, responderás solidariamente con el comprador del piso o local por las deudas que puedan surgir con la comunidad con posterioridad a la transmisión. Esto quiere decir que la comunidad podrá dirigirse para reclamar las deudas tanto a tí, como al nuevo propietario, o frente a los dos -en esto consiste la solidaridad-.
¿Cómo debe hacerse la notificación de cambio de titularidad?
Puedes efectuar la notificación por cualquier medio que deje constancia de su recepción (carta, correo electrónico, llamada telefónica) pero te recomendamos, por ser el método más barato y además ser fehaciente, el envío de un burofax con acuse de recibo y certificado de texto.
Más asesoramiento
Pregunta a un abogado si se trata de una comunidad de propietarios sita en Cataluña.
También puedes consultar nuestra Guía Obligaciones o deberes de los propietarios.