Si el arrendatario no ha pagado la renta o alguna cantidad debida (como puede ser las cuotas de la comunidad de propietarios, el agua, la electricidad, etc.), como propietario arrendador necesitarás enviar un requerimiento de pago. Si has pactado la posibilidad de revisar la renta cada año deberás enviar una carta de actualización de renta. Si quieres saber más sobre la actualización de la renta puedes consultar nuestra guía rápida Actualización de la renta.
Como arrendador necesitarás comunicar al inquilino la actualización o requerimiento de la renta, notificar la decisión de vender el inmueble, o la finalización del contrato. El arrendatario debe comunicar que quiere subrogarse en el contrato, que desiste del mismo, o que ha cedido o subarrendado el inmueble, entre otras cosas.
Requerimiento y actualización de la renta
Poner fin al contrato en curso
La ley de arrendamientos urbanos establece un sistema de prórrogas obligatorias para los contratos de arrendamiento de vivienda de forma que los mismos duren un tiempo mínimo. Como inquilino, puedes enviar al propietario una carta de no renovación del contrato de alquiler, y evitarás la prórroga automática del contrato.
Por su parte, el propietario también podrá comunicar la no renovación del contrato en varios supuestos: cuando necesite la vivienda para sí o sus familiares, o cuando llegado el plazo o la finalización de la prórroga obligatoria no quiera que éste se prorrogue por más tiempo. Puedes saber más sobre la duración del arrendamiento de vivienda si consultas nuestra guía rápida Duración arrendamiento de vivienda.
Comunicar la subrogación en caso de fallecimiento del arrendatario
En un contrato de arrendamiento de vivienda, si el titular del contrato fallece, quien pretenda subrogarse y sustituirle en el contrato deberá notificar al arrendador la subrogación en el contrato de alquiler de vivienda por muerte del arrendatario. En caso de que se trate de un alquiler de local, el heredero o la persona designada en el testamento por el inquilino fallecido podrán continuar la actividad económica que se desarrollaba en el local y para ello deberá enviar también una carta para comunicar la subrogación por fallecimiento del inquilino o arrendatario. Puedes saber más sobre este derecho del inquilino del local consultando nuestra guía rápida Subrogación arrendamiento de local.
Desistimiento al contrato de arrendamiento
Como arrendatario puedes poner fin anticipadamente al contrato de arrendamiento de vivienda, una vez que hayan pasado al menos 6 meses, pero para ello deberás comunicarlo al arrendador, utiliza para ello nuestro modelo de Carta de rescisión del contrato de alquiler de vivienda por parte del arrendatario.
Comunicar la cesión y el subarriendo
En el caso de que hayas alquilado un inmueble cuyo destino no sea el de servirte de domicilio o vivienda para ti y tu familia, podrás subarrendar la finca o ceder el contrato de arrendamiento sin necesidad de contar con el consentimiento del arrendador pero si deberás notificar esta circunstancia al arrendador.
Comunicar la separación, divorcio o nulidad del matrimonio del arrendatario
Si te has separado o divorciado y quien ha firmado el contrato no eres tu sino tu marido o mujer podrás seguir usando la vivienda si su uso te ha sido atribuido por el Juez en la sentencia de separación o divorcio. Tendrás que comunicar al arrendador la nueva titularidad del alquiler tras la separación o el divorcio.
Notificación al arrendador de la necesidad de reparaciones urgentes
Para que nazca la obligación del arrendador a realizar las reparaciones necesarias para conservar el inmueble, es necesario que el arrendatario lo notifique de manera fehaciente.