Si tienes una póliza de seguro de hogar, coche, médico, vida etc. es posible que ya no estés interesado en mantenerla porque han cambiado tus circunstancias o simplemente porque quieres cambiar de compañía. ¿Sabes que debes seguir unos trámites para ello? No te preocupes, utiliza nuestros modelos de carta para no renovar el seguro de que se trate y te asegurarás de hacerlo correctamente conforme a lo que establece la vigente Ley de Contrato de Seguro.
Más información sobre Cartas para no renovar un seguro
¿Cómo puedes saber la duración de tu seguro?
En España, los seguros se regulan por lo que establece la Ley de Contrato de seguro.
El plazo de duración de tu seguro tiene que venir fijado en la póliza o contrato de seguro que firmaste con tu compañía. Comprueba que plazo de duración tiene.
Normalmente en tu póliza vendrá indicado que el contrato tiene una duración de un año y que se renueva por años sucesivos o por períodos sucesivos no superiores a un año (por ejemplo, que se renueve cada 6 meses). Estas renovaciones se llaman prórrogas del contrato.
¿Qué plazo tienes para comunicar que no quieres renovar un seguro?
Si quieres evitar que tu contrato se renueve, comprueba en tu póliza el plazo previsto o con qué antelación tienes que enviar esta comunicación a la compañía aseguradora. Si no se ha incluido ningún plazo específico en la póliza, tienes que enviar esta comunicación antes de un mes desde la finalización del año o del periodo renovado.
¿Qué ocurre si no envías la comunicación en plazo?
Si no envías la comunicación dentro de ese plazo, tu seguro quedará prorrogado por otro año o por el mismo periodo que tenías, dependiendo de la duración de tu póliza. Es decir, el seguro seguirá vigente y tendrás que pagar su precio.
¿Tienes derecho a exigir la cobertura del seguro por un siniestro anterior a tu comunicación de no renovación?
Sí, la comunicación de no renovación del seguro solo surtirá efectos desde que la compañía reciba tu comunicación, y el seguro dejará de estar en vigor para el próximo año o periodo.
Todos los siniestros, accidentes o daños que hayan ocurrido antes de tu comunicación y estando vigente el seguro, la compañía tiene obligación de cubrirlos o pagarte la indemnización, ya que en ese momento tu seguro estaba vigente y activo.
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