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CREA GRATIS Comunicación para la transmisión de participaciones sociales

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Comunicación para la transmisión de participaciones sociales

Certificado por el grupo ELS, con el soporte editorial
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Utiliza este documento si eres socio de un sociedad limitada y tienes que comunicar que vas a transmitir tus participaciones sociales. Asegúrate de hacerlo de manera correcta y además, revisa tus estatutos, para comprobar cómo tienes que comunicar que vas a hacer la transmisión. Con esta comunicación podrás solicitar autorización a tu sociedad.

 

Tendrás que pedir autorización a tu sociedad

  • si los estatutos te obligan a que pidas autorización para transmitir tanto a un socio como a cualquier otra persona ya sea familiar o no

  • si vas a vender o donar a otra persona que no sea socio de la sociedad

  • si vas a vender o donar a otra persona que no sea tu cónyuge, ascendiente o descendiente (padres e hijos)

  • si vas a vender a otra sociedad tus participaciones sociales
  • Tus datos personales

  • Los datos de la persona o de la sociedad a la que le vas a transmitir tus participaciones

  • El número de participaciones sociales que vas a transmitir

  • El precio y la forma de pago

Si te propones transmitir todas o algunas de tus participaciones en la sociedad, deberás comunicarlo por escrito a los administradores de la misma, para que tal transmisión sea consentida por la sociedad.

La solicitud la tendrás que dirigir al administrador o administradores de la sociedad y enviarla al domicilio social de la sociedad.

La sociedad tendrá que convocar una junta general, e incluir en el orden del día el acuerdo a tomar sobre la autorización para que puedas transmitir tus participaciones. En este acuerdo no podrás votar como socio, porque lógicamente tienes interés en que se apruebe, pero puedes asistir a la junta.

Si asistes a la junta, allí conocerás el resultado de la votación y si te autorizan la transmisión. Si no has asistido, la sociedad te tendrá que enviar una carta con la autorización o no a través de un Notario, y antes del plazo de tres meses a contar desde que enviaste la solicitud.

Si no te autoriza, la sociedad te comunicará el nombre de una o varias, generalmente otros socios o la propia sociedad, que comprarán tus participaciones al mismo precio y condiciones que las ofreciste a la otra persona.

Los socios generalmente siempre tienen un derecho de adquisición preferente, que significa que tienen opción a comprar tus participaciones antes que otra persona, para evitar que entren extraños a la sociedad.

En ese caso, y si han pasado tres meses desde que enviaste la solicitud a tu sociedad y no has tenido noticias, podrás transmitir a la persona o sociedad elegida en las mismas condiciones y precio que comunicaste a la sociedad.

Pregunta a un abogado:

  • Si la sociedad no te permite la transmisión de tus participaciones o te obliga a transmiitir en otras condiciones.

  • Si el socio propuesto por la sociedad que iba a comprarlas ejercitando su derecho de adquisición preferente, ahora no te las quiere comprar.

  • los administradores no convocan junta general incluyendo en el orden del día el acuerdo para autorizar la transmisión de participaciones

También puedes consultar nuestra Guía Rápida La transmisión de participaciones de una sociedad.