Para que el contrato sea considerado como contrato laboral tiene que reflejarse lo siguiente respecto del directivo:
- que trabaje por cuenta ajena, elemento fundamental para que sea de tipo laboral el contrato de trabajo
- que trabaje en régimen de dependencia, no quiere decir que haya una subordinación absoluta al empresario, pero es necesario que se pueda encuadrar al directivo en el círculo de organización y dirección de la persona para la que trabaja
- que reciba un salario, aunque no es un dato determinante de la relación de alta dirección el hecho de que el trabajador reciba un salario elevado