Utiliza este documento para comprar o vender una vivienda incluyendo los acuerdos necesarios para evitar problemas y poder tramitar la escritura de compraventa ante el notario.
Más información sobre el Contrato de compraventa de vivienda
¿Cuándo usar?
Utiliza este contrato de compraventa:
- Si eres el propietario de una vivienda y quieres venderla a otra persona o empresa.
- Si quieres comprar la vivienda de otra persona o empresa.
¿Qué cubre?
En este contrato vas a poder pactar e incluir las siguientes cláusulas,
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Los datos personales y la identificación del vendedor y del comprador.
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Si el vendedor está casado o no. Cuestión importante, porque si es la vivienda habitual de la familia, necesitará que el cónyuge de su autorización para vender.
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La descripción de la vivienda que se vende.
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La información registral de la vivienda.
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El precio de la venta y la forma de pago.
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La fecha de entrega de la vivienda.
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La fecha de firma de la escritura de compraventa ante Notario.
¿Qué información necesito antes de comprar la vivienda?
Además de los datos de identificación como propietario y las condiciones económicas de la compraventa el propietario debe aportar los siguientes datos sobre la vivienda:
- Información registral: el número de referencia catastral y el Registro de la Propiedad donde está inscrita la vivienda y si tiene cargas o gravámenes (como hipotecas o gastos impagados).
- Cédula de habitabilidad, que acredita que la vivienda reúne las condiciones técnicas y sanitarias imprescindibles para ser habitada.
- Certificado energético: Acredita el nivel de eficiencia energética de los recursos energéticos (electricidad, gas) de la vivienda a través de la etiqueta energética, siendo el A el más eficiente y el G el menos eficiente.
- Acreditación de la superficie construida y útil de la vivienda: Podrás encontrar esta información en la ficha catastral de la vivienda.
- Antigüedad de la finca y las principales obras y reformas realizadas.
- Servicios e instalaciones de la finca: portero físico, ascensor...
- Condiciones de accesibilidad de la vivienda y de la finca: Si dispone de rampas para sillas de ruedas, barandillas...
- Si el propietario u otro inquilino está haciendo uso de la vivienda.
- Si se trata de vivienda protegida: vivienda de protección oficial o de protección pública.
- Si se trata de una edificación con valor histórico o arquitectónico, de su grado de protección y de las limitaciones para efectuar obras o reformas.
¿Cómo conocer los datos de la vivienda que quieres comprar?
Te aconsejamos que antes de llegar a los acuerdos incluidos en el contrato, solicites al Registro de la Propiedad una Nota simple de la vivienda o inmueble, y comprobarás los siguientes datos:
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Quién es el dueño de la vivienda.
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Si tiene algún embargo o hipoteca.
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Si existe algún arrendamiento inscrito.
En cualquier caso, el propietario debe proporcionar toda la información registral de la vivienda antes de proceder a la firma del contrato.
¿Cómo se puede reflejar la forma de pago?
En el contrato, se contempla la posibilidad que se entregue una parte del precio en el momento de la firma del contrato y el resto, en el momento de la firma de la escritura pública.
Si el comprador va a hipotecar la casa para poder pagar el precio, el día de la firma de la escritura de compraventa también tendrá que firmar la escritura de la hipoteca con el banco. Será en ese momento cuando el banco entregará un cheque bancario por el importe de la hipoteca al comprador para que éste se lo entregue al vendedor y le pague el precio de la vivienda.
¿Cómo saber si la vivienda tiene algún gasto pendiente de pago?
El comprador podrá comprobar estos datos:
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Con el certificado de estado de deudas con la comunidad de propietarios que tiene que firmar el Administrador de la comunidad o la persona que haga sus funciones.
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Con el recibo del impuesto de bienes inmuebles de la vivienda (IBI).
¿Qué gastos hay que pagar en la compraventa, y quién tiene que pagarlos?
Los gastos de la compraventa son:
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Factura del Notario.
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Factura del Registro de la Propiedad.
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Impuesto de Transmisiones patrimoniales.
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IVA, si la vivienda es nueva y la vende una promotora.
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Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
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Incremento del Valor de Terrenos (Plusvalía).
En nuestro contrato los gastos derivados de la firma de la escritura pública se pagarán conforme establezca la Ley, es decir, todo a cargo del comprador excepto la plusvalía los gastos de la escritura matriz.
Además de lo anterior, en el contrato se establece que desde el momento de la entrega de la vivienda el comprador corra con el pago de los gastos que se originen como impuestos (o su parte proporcional), comunidad de propietarios, etc.
Más asesoramiento
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si la vivienda tiene un embargo
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si te quieres subrogar en la hipoteca que tiene el dueño
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si hay un inquilino en la vivienda que se va a vender
También puedes consultar nuestra Guía Rápida Cómo comprar un inmueble o una vivienda.