Utiliza este convenio regulador para evitar problemas en cuestiones básicas de vuestra convivencia como pareja de hecho, acordando cuestiones que afectan a vuestra vida diaria y a una posible ruptura o separación en el futuro. Es muy recomendable que lo firméis, ya que no existe una regulación para este tipo de convivencia ni para sus efectos económicos ni patrimoniales.
Más información sobre el El convenio regulador en las parejas de hecho
¿Cuándo usar?
Utiliza este convenio:
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si tomaste la decisión de vivir en pareja con otra persona, sin casarte y llevas algo de tiempo de convivencia y quieres acordar las normas de la misma y de una posible ruptura
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si llevas tiempo conviviendo en pareja con la misma persona y quieres garantizar el cumplimiento de determinadas normas en tu convivencia y anticiparte para intentar resolver problemas futuros
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en general, si te preocupa que en tu relación no haya unas reglas claras sobre, los gastos, el domicilio, tus hijos, etc.
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además, puedes acudir con este documento a un Notario, para que de fé de su existencia en un documento público. (aunque no es un requisito obligatorio)
¿Qué cubre?
Firmando este convenio, evitarás problemas y te permitirá llegar a un acuerdo con tu pareja para poner unas normas a cumplir por los dos, en los siguientes temas:
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Las tareas domésticas
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Gastos económicos, obligaciones, deudas
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Hijos y otras personas que convivan con la pareja
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El patrimonio de los que conviven
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La vivienda habitual, mobiliario
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Pensiones, indemnizaciones, derechos de Seguridad Social
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Acogerse a la mediación
Y además, en los casos de posibles separaciones o terminación de la convivencia:
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La renuncia a este convenio
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Guarda, custodia y patria potestad de hijos
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Régimen de visitas con los hijos
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Pensión alimenticia a los hijos
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Pago de deudas
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Pensión compensatoria.
En este documento indicaréis que lleváis cierto tiempo conviviendo, que os conocéis la forma de comportamiento y vuestro patrimonio previo y que os consideráis con la suficiente madurez y capacidad para firmarlo
¿Qué se regula sobre la vivienda?
Se acordará que los derechos sobre el domicilio o vivienda habitual, serán los que corresponda según vuestra titularidad jurídica o propiedad sobre la misma, según, se hizo la compra en su momento. También se establece alguna regla en caso de hijos y sobre los casos en que cambiarais de domiclio y sobre el ajuar doméstico.
¿Qué se regula para los gastos?
El convenio os ofrece la posibilidad de que continuéis como veníais haciendo habitualmente, pero sin que exista una igualdad o proporcionalidad en esos pagos, o bien, la opción de pagar a partes iguales esos gastos.
En relación con los pagos de hipoteca, si la hubiera, podréis indicar que % de la misma paga cada uno.
Cese de la convivencia
Si se diera el caso de que decidierais terminar vuestra relación, este convenio, establece reglas a seguir en esta situación, así, cómo renunciar a este convenio, que ocurre conla guardia, custodia y régimen de visitas si existen hijos, cómo pagar las deudas en estos casos, etc.
Otras cuestiones
También este convenio introduce unas reglas sobre vuestros patrimonios diferenciados y sobre las deudas. Hay un apartado especial para los casos de pensiones, indemnizaciones y Seguridad Social.
En el caso que conviváis con hijos u otras familiares, también se establecen unas reglas para el pago de sus gastos.
Se contempla el sometimiento voluntario a la mediación como forma previa a la judicial para solucionar los conflictos.
Más asesoramiento
Pregunta a un abogado:
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si tienes dudas de cómo organizar los pagos de los gastos con tu pareja
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sobre qué cifra indicar, en su caso, cómo pensión por alimentos o la pensión compensatoria
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si quieres informarte si hubiera alguna especialidad en la Comunidad Autónoma donde resides y si quieres registrarlo en un registro de parejas de hecho.
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si quieres informarte sobre la mediación y un posible mediador de conflictos
También puedes consultar nuestra Guía Rápida el convenio en las parejas de hecho.