Solicita al arrendador la restitución de la fianza. Asegúrate de no tener obligaciones pendientes con el arrendador para poder reclamar la devolución del dinero que entregaste como fianza.
Más información sobre la Solicitud de reclamación de la fianza
¿Cuándo usar?
Utiliza este documento si has cumplido tus obligaciones y quieres que el arrendador te devuelva la cantidad que le entregaste al comenzar el contrato (1 mes de renta si es un contrato de alquiler de vivienda o 2 meses de renta, si el contrato es para uso distinto del de vivienda). Además, puedes reclamar también la devolución de aval bancario si es que debiste entregarlo al hacer el contrato de alquiler.
¿Qué cubre?
Con este documento podrás reclamar a tu casero (arrendador) la devolución de la cantidad entregada como fianza al comenzar el contrato de alquiler. También podrás reclamar la devolución de aval bancario si tuviste que solicitarlo al Banco cuando firmaste el contrato de arrendamiento. Te aconsejamos que envíes este documento por burofax.
¿Cuando debe devolver la fianza el arrendador?
Una vez hayas devuelto las llaves al arrendador, éste debe devolverte la cantidad que hayas entregado como fianza. Lo normal es que el arrendador antes de hacerlo visite la vivienda o local para ver si hay desperfectos de los que debas hacerte cargo. La Ley dispone que el arrendador tiene un mes para practicar la oportuna liquidación del contrato y restituirte el saldo resultante de la fianza. Transcurrido un mes sin que se haya hecho efectiva la restitución, el saldo de la fianza devenga el interés legal.
Si no existen desperfectos ¿puede el arrendador quedarse con la fianza si el inquilino debe alguna cantidad?
La fianza arrendaticia es una garantía del cumplimiento de las obligaciones del arrendatario, pero estas obligaciones no abarcan aquellos menoscabos que sufran la vivienda o local por el uso normal y habitual de los mismos. Ahora bien, aunque no existan desperfectos, el arrendador podrá compensar el dinero recibido como fianza con lo que deba el inquilino, ya sea en concepto de rentas o por ejemplo del pago de algún suministro. Es decir, la finalidad de la fianza es cubrir tanto la obligación de devolver la cosa en el estado en que se recibió como otros eventuales incumplimientos derivados del contrato.
Más asesoramiento
Pregunta a un Abogado si además de la fianza quieres reclamar otras cantidades entregadas como garantía, como por ejemplo un aval bancario.
También puedes consultar nuestra Guía Rápida Las obligaciones del arrendatario