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Acuerdo de teletrabajo

La alternativa segura al trabajo presencial

El teletrabajo ha pasado de ser una herramienta utilizada por las empresas para conciliar la vida familiar y laboral a constituir el sistema de trabajo preferente para evitar la propagación de la Covid, al evitar los desplazamientos regulares al centro de trabajo y la concentración de personas en un mismo espacio.

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Deberá tramitarse, mediante un acuerdo de teletrabajo firmado por ambas partes. Se podrá realizar en el momento de la contratación o en un momento posterior y figurará como anexo al contrato de trabajo. El acuerdo deberá ser firmado con anterioridad a la prestación de los servicios a distancia. 

La empresa deberá enviar a los representantes de los trabajadores las copias de todos los acuerdos de teletrabajo que se realicen, así como sus actualizaciones, en un plazo de 10 días desde la formalización de los mismos. A continuación, deberán enviar dichas copias a la oficina de empleo.

La implantación de la modalidad de teletrabajo es voluntaria para la empresa y los trabajadores, pero debemos tener en cuenta que, si se establece un plan de teletrabajo en la empresa, es necesario redactar y firmar un acuerdo de teletrabajo con los empleados.

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