Puedes regular en tu contrato, que gastos e impuestos paga cada una de las partes, o puedes elegir que los impuestos y los gastos por compra de vivienda, se paguen según lo que diga la Ley:
Al vendedor le corresponde pagar:
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los gastos de otorgamiento de la escritura pública de compraventa: la factura del Notario, aunque si el comprador quiere una copia la tendría que pagar él
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el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos, conocido como "Plusvalía"
Al comprador le corresponden:
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el impuesto de transmisiones patrimoniales y el de actos jurídicos documentados. ITP y AJD
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los posteriores a la venta, como la factura del Registro de la Propiedad por la inscripción en el Registro de la Propiedad de la escritura
Recuerda, que éste será el reparto para pagar los gastos e impuestos, aunque puedes pactar que todos los pague la otra parte, o que pague algunos que no te corresponden, esta es una cuestión que tienes que acordar en el contrato.